En España contamos con una normativa que fija los criterios de clasificación de los establecimientos hoteleros y que asegura al cliente un determinado nivel de calidad en función de la categorÃa del hotel elegido. Los criterios que determinan la categorÃa responden a atributos estructurales del hotel (como por ejemplo metros cuadrados de la habitación, de los baños, si debe tener o no caja fuerte, etc). En mi opinión, este sistema de clasificación ha permitido elevar la calidad de nuestra planta hotelera al fijar unos buenos estándares . Sin embargo, el debate acerca del sistema está abierto: ¿se deberÃan incluir otros criterios a la hora de fijar la calidad del hotel? ¿cuáles deberÃan ser estos criterios? ¿deberÃa haber una normativa europea que garantizase la homogeneidad de los estándares de calidad de la planta hotelera de todos los paÃses?
A pesar de que este debate sobre homogeneización europea está sobre la mesa, la realidad es que las competencias para establecer los criterios de clasificación de los hoteles españoles están en manos de las distintas Comunidades Autónomas, lo que da igual a una diversidad de criterios dentro de nuestro paÃs. Está claro que esta potestad da a las Comunidades Autónomas libertad para elegir un determinado posicionamiento como destino turÃstico. Ahora bien, ¿no puede confundir al cliente esta diversidad de criterios?
La revista Hosteltur en su número de Septiembre recoge un artÃculo muy interesante sobre este tema firmado por Carlos Alvarez (p. 26-28)


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